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Contribuciones al debate constitucional n°3: Agua

Contribuciones al debate constitucional n°3: Agua

1. El agua es escasa y lo será aún más en el futuro

A nivel mundial: Un 97% del total de agua del planeta corresponde a agua salada. El 3% restante lo constituyen los glaciares, otros cuerpos de nieve, aguas subterráneas, el agua atmosférica y el agua incorporada a las plantas. De ese 3%, menos del 1% es asequible para ser utilizada para consumo humano y para la producción industrial, minera u de otro tipo y para asegurar la existencia de los ecosistemas (ver Figura 1).

A nivel nacional: Chile tiene una escorrentía promedio de 53.000 m3 por habitante superando en ocho veces la media mundial que es de 6.600 m3 y en 26,5 veces, los 2.000 m3 por persona al año, cifra considerada internacionalmente como umbral mínimo para el desarrollo sostenible. Este valor promedio chileno oculta grandes disparidades, como las que se observan al norte de la región Metropolitana, territorio árido y semiárido, donde la disponibilidad de agua es menos de 800 m3 por persona al año.

El crecimiento de la producción agropecuaria, industrial y minera, más el crecimiento de la población, han determinado que la demanda por agua ha venido aumentado a un ritmo ligeramente superior al del crecimiento del PIB en los últimos 30 años.

Debe tenerse en cuenta además que nuestra estructura productiva, es intensiva en agua, particularmente la fracción exportada. Las actividades agropecuarias son las que más agua consumen (73%), seguidas por el consumo humano de agua potable (12%), la industria (7%), la producción de electricidad y la minería, cada una de ellas con un 4%.

2. La propiedad de los Derechos de Aprovechamiento del agua

El Código de Aguas de 1981 entrega Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) en forma gratuita en calidad de bien privado, es decir se pueden transar en el mercado, heredar y no están afectas a ninguna prioridad de uso. El mercado es el que determina dichas prioridades.

De acuerdo a la información existente (aún incompleta), lo anterior ha dado lugar a procesos de concentración y especulación con los DAA. Ello llevó a reformas al Código de Aguas, estableciéndose entre otras medidas, el pago de un impuesto por no uso de los DAA asignados, y el establecimiento de un caudal ecológico para preservar los ecosistemas.

Un examen a las bases de datos del MOP sobre DAA concedidos en la región de Coquimbo, revela un alto grado de concentración de los mismos; 47 solicitantes (particulares, empresas, organizaciones), con DAA un caudal de 1.000 litros por segundo o más, concentran el 75% de todos los derechos entregados. De estos a su vez, la mayor parte corresponde a personas jurídicas con actividades agrícolas y pecuarias, exportadores, pesca y otros.

El crecimiento económico, el desarrollo social, y el crecimiento poblacional, se traducirán en mayores demandas de agua. El problema que tenemos es que la disponibilidad de agua ha venido disminuyendo sostenidamente en las últimas décadas. Las razones de esto son las siguientes:

  • Una prolongada y severa sequía, considerada como la más intensa en los últimos 2000 años. Chile ocupa el lugar 18 en el mundo entre los países con riesgo hídrico más elevado.
  • El cambio climático que nos afecta principalmente a través de: 1) la disminución progresiva de las precipitaciones, con 333 comunas del país que experimentarán reducciones importantes de sus precipitaciones hacia los años 2050 y 2070; 2) aumentos de temperaturas en prácticamente todo el país; y 3) subida de la cota 0, es decir, desde donde empieza a nevar, lo que implica que tendremos progresivamente menos nieve.

3. Un marco regulatorio existente (Constitución, Código de aguas, institucionalidad) que no está en línea con las necesidades y demandas actuales

A diferencia de Chile, en la mayor parte de los países se otorgan concesiones temporales por períodos que fluctúan de acuerdo al uso solicitado y autorizado.

La experiencia internacional muestra que el marco regulatorio para los recursos hídricos de Chile, no existe en ninguna otra parte del mundo. Incluso en Australia citado muchas veces como un ejemplo en el que las autoridades de aquella época se inspiraron, tiene regulaciones muy severas y extingue los DAA en caso de incumplimientos, por ejemplo, respecto de las normas ambientales. A más de ello, en Australia, el Estado tiene un activo rol en las regulaciones y en las intervenciones de los mercados de aguas.

De otro lado, la mayoría de los países establecen prioridades para el uso del agua.

El acceso al agua como derecho humano: En 2010 Naciones Unidas, con el voto favorable de Chile, acordó y emitió una resolución que reconoce como un derecho humano, el acceso al agua para bebida y saneamiento.

4. El rol del Estado

El creciente desajuste entre disponibilidad y demanda de agua, implica necesariamente las siguientes condiciones:

  • Un rol más activo de parte del Estado.
  • Un marco regulatorio acorde con esta situación que establezca que:
    • El agua, en todos sus estados, es un bien nacional de uso púbico.
    • El Estado entregará concesiones temporales sujetas al cumplimiento de estándares ambientales.
    • La información sobre la tenencia de DAA debe estar en un registro único (DGA), actualizado, transparente y de libre acceso.
    • Establecimiento de prioridades (la mayor parte de los países del mundo han establecido prioridades por ley): caudal ecológico y consumo industrial.

5. Dos medidas importantes más allá de la nueva Constitución

  • Reestructurar la institucionalidad existente. Hay demasiadas entidades que intervienen.
  • Planificar la oferta y demanda de este recurso de acuerdo a las prioridades nacionales y las proyecciones de las variables relativas al cambio climático.

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